Competencia desleal

Recomendamos investigar si existe competencia desleal, siempre que un empresario detecte indicios de la misma por parte de uno o más trabajadores o de empresas que compiten en su mismo sector, para evitar males mayores en su negocio.

El concepto de competencia desleal es muy amplio. Su definición genérica sería; Acto o actos de competencia empresarial con mala fe, realizados por una persona física o jurídica, para beneficio propio en el ámbito laboral.

La ley de competencia desleal, ley 29/2009, establece la prohibición de los actos de competencia desleal para ejercer el comercio más transparente, sin perjudicar a otros comerciantes. Es decir, regula la manera como se realiza la competencia entre empresas. Para evitar prácticas poco éticas en el ámbito comercial, y proteger a vendedores y compradores.

Son habituales las prácticas deshonestas en la industria y el comercio.

Es la forma como se hace competencia lo que no es correcto, porque son acciones que afectan a la reputación de las empresas víctimas. Y

también afectan al consumidor, cuyo criterio de elección, sobre el producto o servicio de compra, está contaminado.

Casos más habituales en que el empresario puede sufrir actos de competencia desleal;

  • Cuando un tercero perjudica a su empresa, con engaños o estrategias de mala fe, para crear otra empresa de la misma actividad. O si ya existe, para ganar clientes o ventas a costa de dañar su negocio.
    • Mediante afirmaciones difamatorias sobre otra empresa, sus  productos, servicios, etc..  que denigran la reputación de la empresa víctima.
    • Con una estrategia de precios a la baja; Se oferta un precio de mercado muy por debajo de lo estipulado. Con el objetivo de activar sus ventas y hundir las de la competencia.
    • Mediante comparación directa; en publicidad se compara directamente dos productos o servicios similares, el suyo y el de la competencia, indicando que el suyo es mejor.
    • Con el plagio de imagen; la imitación es lícita en el mercado libre, siempre y cuando no se aproveche de la reputación y/o esfuerzo ajeno, y no exista riesgo de confusión o error para el consumidor.
    • Mediante la confusión, engaño u omisión; Hacer creer al consumidor unas características del propio producto o servicio que, siendo ciertas llevan a confusión, o no son ciertas, u omiten datos importantes para el consumidor, en su elección y comparación con la competencia.
  • O bien cuando un tercero perjudica a su empresa, porque divulga o explota, sin su permiso, conocimientos empresariales secretos de su negocio.
    • Es decir, la violación de secretos; La divulgación de información sensible de otra empresa, por supuesto sin autorización, es decir, secretos industriales.

Todo este tipo de actos de competencia desleal, entre otros, están recogidos en la ley de competencia desleal, y juegan con la publicidad, el precio, la imagen del producto y el consumidor.

Todas ellas son conductas y prácticas malintencionadas al ejercer la libre competencia.

La mayoría de veces son los socios o empleados quienes le harán la competencia desleal. Aprovecharán los conocimientos adquiridos en su empresa, contratarán empleados suyos y/o se llevarán clientes, bien para crear su propia compañía dedicada a lo mismo o para su beneficio laboral en otra empresa.

  • Habiendo además un contrato de silencio de secretos industriales o algún tipo de contrato blindado, se está incurriendo también en Espionaje industrial.
  • O si, además, el trabajador está trabajando al mismo tiempo para usted y para otra empresa, estamos ante un caso de Duplicidad de empleo.

Y en muchas otras ocasiones serán empresas del mismo sector quien le harán la competencia desleal.

Es muy importante poder demostrar que han sido actos con estrategia para perjudicarle. Es aquí dónde empieza el trabajo de un detective.

Para que una demanda por competencia desleal prospere, es necesario aportar pruebas legales que demuestren la mala fe. ¿Quiere demostrar un acto de competencia desleal? ¿La competencia está difamando su negocio?

No permita que su empresa sea víctima de actos de competencia desleal.

La libre competencia si permite captar clientes o contratar trabajadores que antes eran suyos. Lo que no es ético, es hacerlo para perjudicarle, mediante engaño y premeditación.

Por ejemplo, diciendo a los clientes que la empresa original cierra o está en quiebra, … o contratando a sus directivos o empleados imprescindibles, como una estrategia de desmantelamiento para dañar a su empresa y favorecer el nuevo negocio.

Nuestro equipo le puede ayudar a probar si existe una estrategia o trama de competencia empresarial desleal, realizando investigaciones laborales sobre los empleados sospechosos, o mediante entrevistas, consultas, o incluso, la infiltración de agentes en otras empresas.

Si se confirman las sospechas, y existe competencia desleal, aportaremos las pruebas necesarias para presentar ante un juez, para formalizar un despido disciplinario del infractor o para demandar a la empresa o empresas que realizan competencia desleal.

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